Actualidad, 1/29/2025 10:17:00 PM

APROBADO SEGUNDO BLOQUE DE REFORMAS A LA CSS

Por Roxana Jiménez / Fotos Erick Osorio

Luego de recibir cuatro propuestas presentadas por las bancadas legislativas para sacar un solo documento del proyecto 163, que modifica la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS), la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social  aprobó el segundo bloque de reformas.

"Nosotros queremos que la población sepa que estamos tratando de consensuar un proyecto entre todas las fuerzas políticas que existen en la Asamblea, para que el pueblo panameño tenga paz", manifestó el diputado Alaín Cedeño, presidente de la instancia legislativa.

Consideró que "Al final, la población tendrá que evaluar si hemos sacado el mejor proyecto o si no está de acuerdo con él, pero ese es nuestro trabajo, tal como lo señala la Constitución Nacional, modificar y proponer las leyes del país".

Destacó que "Esta es la ley más importante del país, en los últimos 20 o 30 años, no es cualquier ley o una ley simple, ha sido complicado". 

"Nosotros hemos escuchado al pueblo, lo que más quiere es que su plata esté segura, que la plata de la CSS esté segura y eso los llevó a tomar una decisión de dar el 90% del manejo al Banco Nacional y solamente dejar un 10% para el tema de la banca privada", acotó.

Adicionalmente, en los puntos aprobados se destaca en el artículo 62 sobre los recursos de la CSS, el mantener la cuota por parte de los trabajadores y hacer un aumento escalonado de la cuota obrero patronal, tal como lo solicitaron los micro y pequeños empresarios.

Se establece la participación en el impuesto selectivo de ciertos bienes y servicios, como lo son bebidas gaseosas, vino, cerveza y productos derivados del tabaco, como cigarrillos, cigarro puro, entre otros, y de la producción nacional e importada a que se refieren todas las leyes vigentes sobre la materia en la República de Panamá.

Igualmente, se establece un aporte del Estado equivalente a 0.8% de los sueldos y bases de cotizaciones, ya sea trabajadores independientes o por cuenta ajena de los sueldos básicos e ingresos de las personas incorporadas al régimen del seguro voluntario y de lo pagado a jubilados por el Estado.

Los ingresos provenientes del fideicomiso creado a favor del régimen de invalidez y muerte de la CSS, se mantendrán como aporte de la sostenibilidad financiera y actuariales.

La cuota a pagar por los pensionados y jubilados del Estado y de los fondos especiales de retiro, la cual será equivalente a 6.75% del monto bruto mensual, de sus pensiones o jubilaciones. 

El artículo 65, sobre características y condiciones de las inversiones, la reserva en los fondos de la CSS deberá ser invertida con el propósito  principal de garantizar la cobertura y las prestaciones presentes y futuras, correspondientes a los riesgos administrados por la institución en beneficio los asegurados, y deben hacerse en condiciones de óptimo rendimiento, rendición de cuentas y seguridad en términos de recuperación dichas inversiones.

Artículo 83 A,  sobre el método de pago para facilitar a los trabajadores independientes, podrán celebrar convenios con entidades públicas o privadas que permita el uso de plataformas electrónicas y centros físicos, que les permitan realizar los de forma rápida y segura.
NOTICIAS RELACIONADAS

CATEGORÍA

BOLETIN DE NOTICIAS

Estar informado con las ultimas novedades de la Asamblea Nacional