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Actualidad 5/27/2026 5:26:00 PM

FUTURA LEY DE SUSTANCIA ECONÓMICA UNA LUCHA PARA DESMOTIVAR A EMPRESAS DE PAPELES

- Se incentiva operaciones comerciales reales de más sociedades multinacionales-

ÁR
Por Ángel Raúl Aguilar González / Fotos Iván Castillo

Con el principio de sustancia económica, el Código Fiscal incluirá normas internacionales para aplicar un proceso impositivo excepcional a las rentas pasivas de fuentes extranjeras no calificadas para hacerle frente a las llamadas empresas de papeles que no desarrollan actividades reales en el país, pero obtienen ingresos fuera de la jurisdicción nacional sin declararlos.

Tras una amplia discusión, el pleno de la Asamblea Nacional, en sesiones extraordinarias, aprobó, de manera unánime (70 votos), en tercer debate, el proyecto de Ley 641, que adiciona y modifica artículos al Código Fiscal en materia de impuesto sobre la renta, estableciendo requisitos de sustancia económica para determinadas rentas pasivas de fuentes extranjeras, con el objetivo de cerrar cualquier filtro de evasión del pago de impuestos.

En el lenguaje o jerga técnica, la regla de sustancia económica es un principio legal y contable que exige que las operaciones y transacciones de una empresa reflejen su realidad económica y comercial por encima de su forma jurídica. Además, a nivel fiscal, obliga a las multinacionales a demostrar que tienen operaciones físicas y actividad real en un país, más allá de solo buscar ventajas tributarias.

De acuerdo con esta regla, que llenó las expectativas de las bancadas legislativas, que apoyaron su transcurso para convertirse en Ley de la República, se trata de un régimen especial impositivo a rentas pasivas de fuentes extranjeras no calificadas.

Para cumplir el fin, el artículo 707-  del Código Fiscal, establece que los ingresos provenientes de rentas pasivas de fuentes extranjeras, obtenidos por una entidad no calificada, estarán sujetos a imposición, de manera excepcional, conforme a una tarifa única y definitiva del 15 % sobre la renta neta gravable en el periodo fiscal respectivo, sin que ello conlleve la generación de ningún otro impuesto.

FORMA PARTE DE UN REQUERIMIENTO QUE SERÁ EVALUADO POR LA UE PARA EXCLUIR AL PAÍS DE LA LISTA GRIS

En el marco de la discusión, según los criterios del MEF, se presenta como un requerimiento esencial para que Panamá sea evaluado en la exclusión de las listas grises de la Unión Europea, lo que equivaldría también, para los nacionales, una cooperación a la generación de empleos con la posición de transnacionales tangibles.

El paso dado por la Asamblea Nacional y del Ejecutivo será parte de una revisión por parte de la UE, en el 2026, y, por la acreditación de los voceros del gobierno, debe entenderse como parte de una estrategia integral orientada a fortalecer la credibilidad del país, proteger su modelo económico y asegurar que el desarrollo se traduzca en mayores oportunidades y bienestar para todos los panameños.

MÁS EMPLEO, MÁS APORTES A LA CAJA DE SEGURO SOCIAL

La propuesta, aseguraron representantes del MEF y la DGI, impulsa cambios cualitativos en el perfil de inversión en el país porque incorpora obligaciones de información y mecanismos de verificación para fortalecer la certeza jurídica y la capacidad institucional del Estado.

A juicio del parlamento, el establecimiento de estructuras empresariales, con presencia económica real, capacidad efectiva de decisión, gestión y asuntos de riesgos que generen valor agregado, empleo calificado, rendirá frutos en contribuir al sistema de aportes a la Caja de Seguro Social.

SIN ABANDONAR EL PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD

Entre los representantes del primer órgano del Estado y voceros del Gobierno hubo criterios unificados en el sentido de que se considera un blindaje con reglas internaciones para fortalecer el régimen tributario de la República de Panamá, que no abandona, en ningún momento, el principio de territorialidad de la aplicación de sus leyes fiscales a las entidades multinacionales calificadas, no artificiales, que si cumplen con las |normas.

En resumen, el Proyecto 641, hace referencia al informe de sustancia económica que es un documento oficial que ciertas empresas deben presentar ante las autoridades fiscales o regulatorias para demostrar que cumplen con los requisitos de multinacionales calificadas o sea reales.

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