Actualidad, 4/21/2025 6:33:00 PM

NUEVA LEY DEL OMBUDSMAN: UNA DEFENSORÍA DEL PUEBLO MÁS PROTAGONISTA EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS CIUDADANOS

Por Ángel Raúl Aguilar / Fotos Erick Santos

La nueva ley del Ombudsman, descrita en el Proyecto 164, recibió tercer debate porque robustece de autenticidad a la Defensoría del Pueblo en sus funciones pasando de una gestión de simple fiscalizador y relator de las violaciones de la justicia.

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto 164, que subroga la Ley 7 de 1997, que crea la Defensoría del Pueblo, y modifica la Ley 6 de 2017, que crea el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes.

LAS REFERENCIAS DE ESTE MODERNO INSTRUMENTO JURÍDICO SON LAS SIGUIENTES:

*Se le otorga a la institución independencia y autonomía en los elementos claves para el fortalecimiento del Estado de Derecho.

*Cumple con los parámetros de los principios del Convenio de París, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, relativos a las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo.

*Incluye, en su artículo 29, la implementación de la Carrera de Defensoría, un sistema de gestión del recurso humano, basado en criterios técnicos y de mérito, para reforzar las capacidades de los servidores públicos en la promoción y protección de los derechos humanos de todas las personas en el país.

*La Defensoría del Pueblo tendrá el deber de atender y orientar a todas las personas en el ejercicio de sus derechos humanos dentro del territorio nacional, así como a los nacionales residentes en el exterior y coadyuvar al acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la ley.

*Podrá investigar los actos u omisiones de las autoridades y de los servidores públicos que impliquen violaciones a los derechos establecidos en el Título III de la Constitución Política de la República, los demás derechos constitucionales, así como los previstos en tratados, convenios y declaraciones internacionales, suscritos y ratificados por el Estado Panameño.

*Velar por los derechos de las personas con discapacidad y por el respeto a los derechos a la cultura y a las costumbres de los grupos étnicos nacionales, además de investigar y denunciar hechos, actos u omisiones de las empresas públicas, mixtas o privadas, personas naturales o jurídicas, que desarrollen un servicio público por concesión o autorización administrativa, o que preste servicios de interés público.

*El Proyecto modifica la Ley 6 de 2017, incorporando a la Defensoría del Pueblo como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, permitiendo a la institución realizar supervisión activa en centros de detención, psiquiátricos y otros espacios de privación de libertad, con el fin de prevenir y denunciar tratos crueles, inhumanos o degradantes.

El documento consta de 81 artículos y recibió su análisis y primer debate en la comisión de Gobierno y Justicia.

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