LIVE
Asamblea en Vivo
Ver transmisión

Actualidad, 9/10/2025 7:46:00 PM

REGULARÁN SALUD ESTÉTICA EN PANAMÁ CON NORMATIVA QUE APLICARÁ POR MALA PRÁCTICA Y POCA IDÓNEA EN TRATAMIENTOS QUIRÚRGICOS

Por Ángel Raúl Aguilar / Fotos Iván Castillo

En tercer debate, fue aprobado la norma legal No.18, que establece el marco normativo en Panamá para regular el uso, aplicación y comercialización de sustancias modelantes y/o de relleno permitidas y no permitidas en tratamientos médico-estéticos. Se expedirá el listado de estos productos que deberá renovarse cada tres meses o cuando sea necesario.

La norma aprobada, que se sometió a una serie de correcciones tras la objeción del Ejecutivo, crea un registro de los productos permitidos, otorgándole al MINSA las facultades para definir cuáles productos son permitidos o no, además de generar un proceso de supervisión.

El Minsa expedirá el listado que contenga las sustancias modelantes y/o de relleno permitidas, para uso médico-estético, a más tardar a los treinta días siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley.

Este listado será actualizado, por la entidad mencionada, cada noventa días y cuando sea necesario, y será de conocimiento público a través de todos los canales de comunicación posible.

El objetivo del proyecto de Ley 18 es proteger la salud pública y dejar establecido un protocolo médico fijo para atender a víctimas de alogenosis iatrogénica, que son los daños ocasionados por infiltración de sustancias extrañas al cuerpo. 

Dicha regulación aplicará a toda persona natural o jurídica, en el sector público o privado, en todo el territorio de la república de Panamá, que produzca, importe, exporte, comercialice, done, use o aplique sustancias modelantes y /o de relleno inyectable en tratamientos corporales y faciales con fines médicos estéticos.

Se estipulan diferentes términos como Biopolímeros y Polímeros no Absorbibles que son grupos de sustancias compuestas de macromoléculas que pueden ser de origen natural o sintético.

Estas se derivan desde la parafina, silicona líquida, cemento óseo, metilmetacrilato, (líquido incoloro), aceites de uso común, como de cocina o de cualquier otro tipo, aceites industriales y otras sustancias, que no son biodegradables, no absorbibles, ni son aptos para el uso humano, ya que no son biocompatibles y originan lesiones que, generalmente, son irreversibles.

LA MATERIA LEGISLATIVA APLICA A LA PREVENCIÓN, APOYO A VÍCTIMAS Y SANCIONES EJEMPLIFICANTES

En el Proyecto 18, se establecen sanciones e infracciones, las cuales se aplicarán, dependiendo de los efectos, desde los B/. 10,000.00 (diez mil) hasta los B/. 50,000.00. (cincuenta mil), aplicadas sin perjuicio de sanciones civiles y /o penales que correspondan, conforme a la ley de la materia, según el daño ocasionado; así como las disciplinarias con relación a los profesionales de la Salud.

El MINSA autorizará los productos o sustancias que se podrán importar y usar, refiriéndose aquellas sustancias modelantes y de relleno que se hayan incluido en un listado de productos autorizados. Además, se creará una comisión especial para establecer un protocolo médico para el tratamiento de la alogenosis iatrogénica, en otras palabras, enfermedad causada por la aplicación de sustancias alógenas (extrañas al cuerpo).

Con la aprobación de esta normativa legal, el MINSA tendrá la responsabilidad en la inspección, supervisión y denuncia de las prácticas ilegales, en toda la república de Panamá. 

NOTICIAS RELACIONADAS

CATEGORÍA

BOLETIN DE NOTICIAS

Estar informado con las ultimas novedades de la Asamblea Nacional